Línea de tiempo. Ley del Ejecutante Musical

Repasemos el largo periplo que atravesó la Ley del Ejecutante Musical:

  • El Sindicato de Músicos (SADEM) pidió el 27 de diciembre de 1963 que se reglamentara la ley  a causa de un conflicto desatado con la Asociación de Promotores Teatrales por el trabajo en los días 24 y 31 de diciembre. La resolución 39/64 del Ministerio de Trabajo convocó al SADEM, a la Asociación de Directores de Orquestas y a la Comisión Administradora de Emisoras Comerciales a crear una comisión de estudio.
  • Nada pasó hasta el 10 de junio de 1966, fecha en la cual los sindicatos de músicos de México, Chile y Uruguay (en este último caso, era una asociación) se solidarizaron con los músicos argentinos pidiendo la reglamentación. SADAIC se adhirió al reclamo mediante nota al SADEM.
  • La Asamblea General Extraordinaria del SADEM, oficiada el 15 de Mayo de 1967, informó a los afiliados sobre el seguimiento de las negociaciones. Recién hubo noticias el 15 de septiembre de 1970: el SADEM presentó nota al entonces Director Nacional de Asociaciones Profesionales para que se reglamentara la ley. El 15 de diciembre del mismo año se logró una entrevista con el subsecretario de interior. El 11 de febrero de 1971. se envió una nueva carta al ministerio de Interior y, durante el 19 de octubre de 1971, el presidente de facto Alejandro Lanusse cenó en Olivos con varios músicos que reiteraron el reclamo.
  • Cuando el jazzista Santiago Giacobbe asumió la dirección del SADEM, el 21 de octubre de 1971, decidió realizar reuniones de estudio de la ley para proyectar modificaciones y reglamentación, y hacerla conocer a todos los músicos. También se procedió a empadronar masivamente a los músicos ya que los empresarios querían desplazarlos al Sindicato de Variedades para reducir las escalas salariales
  • El artículo sexto de la ley fue esgrimido el 16 de diciembre de 1971, para frenar el ascenso de discos en radios y boliches. Osvaldo Pugliese se sumaría el 28 de diciembre de 1971 a la Subcomisión del Estatuto del Músico. En octubre de 1974, se logró la Ordenanza 29818, la cual permitía que en la Ciudad de Buenos Aires los locales de baile debieran alternar obligatoriamente la música grabada con músicos en vivo.
  • En mayo del 82, la Asociación de Productores Teatrales solicitó la derogación de la ley ante el Ministerio de Trabajo. El SADEM repudió la medida, teniendo en cuenta que aún regía la ley 21.476, impulsada por la dictadura en el 77 para limitar los convenios colectivos.
  • El 15 de diciembre de 1982, el Sindicato de Músicos de Guatemala envió una carta para apoyar la ley. Lo mismo hizo el Sindicato de Músicos de Chile, el 6 de enero del 83, con carta dirigida al director nacional de Asociaciones Gremiales del Ministerio del Trabajo Argentino.
  • En 1984, el PJ trabajó en una Ley de Teatro que incluyó por pedido del SADEM la definición de Músico incluida en la ley frenada. El 5 de noviembre de 1984, se envió al SADEM un proyecto de ley para reglamentar el estatuto dentro de la provincia de Buenos Aires.
  • El silencio reinó hasta el 24 de diciembre de 1990, en el cual el SADEM envió nota al entonces Director Nacional de Música, “Chango” Farías Gómez, para que incluyera al proyecto de de reglamentación un artículo sobre matriculación y la posibilidad de suspender o quitar la matrícula a músicos que incumplan las normas. En marzo de 1991, la CGT Azopardo anunció que haría gestiones para reglamentar la ley. El 25 de mayo del 91 el Ministerio de Trabajo comunicó a la Federación Argentina de Músicos que se iniciaba el proceso de reglamentación mediante el expediente 07777/90. Pero nada pasó.
  • El 10 de noviembre de 1994, el Consejo Deliberante de la Ciudad de Buenos Aires reconoció la relación de dependencia de los músicos que trabajaban para el gobierno porteño. Entre 1998 y 1999, el SADEM entabló varias reuniones con el ministro de Trabajo Erman González. Pero los 90 habían volteado a la legislación laboral, y ya era bastante con que no se derogara la ley.